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Aclaración a los medios: información contra WawilaX Print E-mail
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Desde la organización de WawilaX queremos explicar y aclarar todas las falsas noticias que se han ido presentando a lo largo de la semana sobre el festival celebrado en el Pabellón Rita Hernández el pasado viernes 16 de abril:


1. Tráfico y venta de drogas: Varios medios nos acusan de permitir la venta de estupefacientes en el interior del pabellón, los medios anuncian que se ha incautado una gran cantidad de dichas sustancias. Queremos aclarar que la organización se ha puesto en contacto con la policía nacional para verificar la información, en la que han respondido que no tienen ningún parte referente al interior del pabellón, y que lo localizado en el exterior ha sido mínimo y de gente que no iba a acceder al espectáculo.
En vista de esto, se presenta un escrito a la policía local pidiendo explicaciones sobre la información relatada en los medios.
La organización no ha recibido ni una sola denuncia sobre este hecho.

La organización pide un poco de dignidad a todos aquellos partidos políticos que aprovechen esta situación para hacer campaña contra el ayuntamiento, y que sepan valorar el trabajo y la puesta en escena que se ha conseguido el 16 de abril, un festival en el que un gran número de los asistentes son personas de nombre y en la que no hubo ni un solo percance, por lo que pedimos que se contraste la información y se hable con autoridad.


2. Abandono de las ambulancias por falta de cobro: Otra de las citaciones dadas es que las ambulancias que atendían el evento se habían ido por impago, AEROSAC (empresa encargada) niega rotundamente tal afirmación.

Queremos hacer constar que la organización se encuentra tramitando la obtención de los escritos por parte de las autoridades competentes que desmienten la información publicada en los diferentes medios, sustentándose, en el Derecho de Rectificación de la Veracidad Informativa, al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984 de 26 de marzo que sigue configurando el derecho fundamental de ciudadanos a recibir una información veraz por imperio del artículo 20.1 d de la Constitución Española, y desde luego nuestra condición de parte conforme a los articulos 32 y 33 de la Ley 30/92, modificada por Ley4/99 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 

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